![]() |
IMPORTANTE: "ACUERDO SOBRE RESIDENCIA DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, Bolivia y Chile".
A partir de esta fecha (04-12-09) se podrá otorgar a los nacionales de: Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay, visaciones de residencia temporaria por un año prorrogable por igual período, Oficio Circular N°26465, del Subsecretario del Interior, de fecha 04.12.09). Para bajar los requisitos visite http://www.extranjeria.gov.cl/te_13.html
VISA TEMPORARIA "ACUERDO SOBRE RESIDENCIA DE LOS ESTADOS PARTES, BOLIVIA Y CHILE", NACIONALES DE ARGENTINA, BOLIVIA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY
Este permiso de residencia se fundamenta en el principio de reciprocidad internacional Oficio Circular N°264645, del 04.12.09, del Subsecretario del Interior, que estipula que se otorgará visación de residente temporario por un año, prorrogable por igual período a los ciudadanos argentinos, bolivianos, brasileros, paraguayos y uruguayos, que se encuentren en Chile, independiente de la actividad que vengan a realizar, siempre y cuando no posean antecedentes penales y/o delictivos.
NOTA: Para solicitar esta visa, los ciudadanos deben presentar el Pasaporte Vigente.
http://www.extranjeria.gov.cl/filesapp/solicitud_visa_temporaria_por__CORREO_2008.pdf
http://www.extranjeria.gov.cl/filesapp/Valores%20Visas%202009.pdf
http://www.extranjeria.gov.cl/filesapp/anexo_aranceles_2006.pdf